¿Qué es la Toponimia Nativa?

Desde el IGAC entendemos la Toponimia nativa como el conjunto de nombres geográficos, o topónimos, propios de un territorio donde se hablan lenguas nativas, que nombran lugares culturalmente relevantes para la comunidad local. El carácter "nativo" de estos topónimos teje un vínculo con cómo en Colombia se denomina a las lenguas de los grupos étnicos, lenguas nativas, de donde provienen formas diversas de dar nombre al territorio
Este proyecto está alineado con lo establecido en la Ley 1381 de 2010, Ley de lenguas nativas, que en su Título II, artículo 6 en el que se determina con respecto a la toponimia de los pueblos nativos:
[…] los nombres de lugares geográficos usados tradicionalmente en su territorio por los integrantes de pueblos y comunidades donde se hablen lenguas nativas podrán ser registrados para efectos públicos. Este uso será cooficial con la toponimia en castellano cuando esta exista […]

Adicionalmente, va en consonancia con lo establecido por la UNESCO frente a la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos, allí en la Sección III Artículo 32 se establece que:
Toda comunidad lingüística tiene derecho a hacer uso de los topónimos en la lengua propia del territorio, en los usos orales y escritos, y en los ámbitos privados, públicos y oficiales.
Toda comunidad lingüística tiene derecho a establecer, preservar y revisar la toponimia autóctona. Esta no puede ser suprimida, alterada o adaptada arbitrariamente, como tampoco puede ser sustituida en caso de cambios de coyunturas políticas o de otro tipo.
De este modo, la toponimia nativa se constituye en una herramienta fundamental para salvaguardar la memoria cultural y lingüística de los pueblos originarios, pues no solo nombra el territorio, sino que lo resignifica desde la mirada ancestral. Su reconocimiento legal en Colombia, a través de la Ley 1381 de 2010, y su respaldo internacional mediante la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos de la UNESCO, reafirman que preservar y visibilizar estos nombres es un derecho colectivo inalienable. Avanzar en su recuperación y uso oficial no solo contribuye a garantizar los derechos lingüísticos, sino que también fortalece la diversidad cultural y la relación espiritual con el territorio.
La toponimia nativa no solo designa lugares: los invoca, los recuerda y los protege. Cada nombre en lengua originaria es una forma de territorializar la memoria, de inscribir la historia y la espiritualidad en el paisaje. En este sentido, los topónimos son huellas vivas de la relación entre los pueblos y su entorno, y su documentación representa un acto de reconocimiento, reparación y resistencia.
Desde las voces comunitarias, nombrar implica también narrar: contar el origen de un sitio, su vínculo con los ancestros, los rituales que allí se practican y los aprendizajes que se transmiten. Por eso, la plataforma de Expediciones IGAC no presenta una cartografía técnica convencional, sino una cartografía afectiva, construida desde el diálogo intercultural y el respeto por las formas propias de significar el territorio.
Este enfoque reconoce que los nombres nativos:
· Resguardan saberes ancestrales: cada topónimo condensa conocimientos ecológicos, cosmológicos y lingüísticos que han sido transmitidos oralmente por generaciones.
· Reivindican derechos colectivos: su registro y visibilización fortalecen los derechos lingüísticos, culturales y territoriales de los pueblos originarios.
· Transforman la mirada institucional: al incorporar estos nombres en plataformas oficiales, se promueve una geografía más plural, situada y diferencial.
· Articulan lo espiritual y lo político: muchos topónimos están ligados a sitios sagrados, prácticas rituales o narrativas de resistencia, y su preservación es clave para la autonomía territorial.
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